Explicación, estudio y comentario bíblico de 1 Reyes 8:31-50 verso por verso
“Si alguna persona peca contra su prójimo, y este le toma juramento al hacerlo jurar, y él entra bajo juramento ante tu altar en este templo,
entonces escucha tú en los cielos y actúa. Juzga a tus siervos condenando al injusto, haciendo recaer su conducta sobre su cabeza y justificando al justo, dándole conforme a su justicia.
“Cuando tu pueblo Israel sea derrotado delante del enemigo por haber pecado contra ti, y ellos se vuelvan a ti y confiesen tu nombre, y oren y te supliquen en este templo,
entonces escucha tú en los cielos, perdona el pecado de tu pueblo Israel y hazlos volver a la tierra que diste a sus padres.
“Cuando los cielos estén cerrados y no haya lluvia, por haber ellos pecado contra ti; si oran hacia este lugar, confiesan tu nombre y se vuelven de su pecado cuando los aflijas,
entonces escucha tú en los cielos y perdona el pecado de tus siervos y de tu pueblo Israel. Sí, enséñales el buen camino por el que deben andar y dales lluvia sobre tu tierra, la cual has dado a tu pueblo por heredad.
“Cuando en la tierra haya hambre; cuando haya peste; cuando haya tizón, hongo, langosta o pulgón, o cuando su enemigo lo asedie en la tierra de sus ciudades (cualquiera que sea la plaga o la enfermedad),
cualquiera que sea la oración o la plegaria que haga algún hombre o todo tu pueblo Israel (cada uno reconociendo la plaga de su corazón y extendiendo sus manos hacia este templo),
entonces escucha tú en los cielos, el lugar de tu morada, perdona y actúa. Da a cada uno conforme a todos sus caminos, pues conoces su corazón (porque solo tú conoces el corazón de todo hombre);
a fin de que te teman todos los días que vivan sobre la superficie de la tierra que tú has dado a nuestros padres.
“Asimismo, cuando el extranjero que no sea de tu pueblo Israel venga de una tierra lejana a causa de tu nombre
(porque oirán de tu gran nombre, de tu poderosa mano y de tu brazo extendido), y venga a orar a este templo,
entonces escucha tú en los cielos, el lugar de tu morada. Haz conforme a todo aquello por lo cual el extranjero clame a ti, a fin de que todos los pueblos de la tierra conozcan tu nombre, te teman como tu pueblo Israel y sepan que este templo que he edificado es llamado por tu nombre.
“Si tu pueblo sale a la batalla contra su enemigo por el camino que los envíes, y ellos oran al SEÑOR en dirección a la ciudad que tú has elegido y a la casa que he edificado a tu nombre,
entonces escucha en los cielos su oración y su plegaria, y ampara su causa.
“Si pecan contra ti (pues no hay hombre que no peque), y te enojas contra ellos y los entregas ante el enemigo, y estos los llevan como cautivos suyos a la tierra del enemigo, lejana o cercana;
si ellos vuelven en sí en la tierra a donde hayan sido llevados cautivos, y se vuelven y te suplican en la tierra de los que los llevaron cautivos, diciendo: ‘Hemos pecado; hemos hecho iniquidad; hemos actuado impíamente’;
si en la tierra de sus enemigos, a donde los hayan llevado cautivos, ellos se vuelven a ti con todo su corazón y con toda su alma, y oran a ti en dirección a la tierra que diste a sus padres, a la ciudad que has elegido y al templo que he edificado a tu nombre,
entonces escucha en los cielos, el lugar de tu morada, su oración y su plegaria, y ampara su causa.
Perdona a tu pueblo que ha pecado contra ti, y todas las transgresiones que han cometido contra ti, y hazlos objeto de misericordia ante los que los han llevado cautivos, para que tengan misericordia de ellos.