Levítico 27:1-34
1 El SEÑOR habló a Moisés diciendo:
2 “Habla a los hijos de Israel y diles que cuando alguien haga un voto especial al SEÑOR, con motivo del rescate de las personas, lo valorarás así:
3 “Al hombre de veinte hasta sesenta años lo valorarás en quinientos cincuenta gramos de plata.
4 Si es mujer, la valorarás en trescientos treinta gramos.
5 “Al hombre de cinco hasta veinte años lo valorarás en doscientos veinte gramos, y a la mujer en ciento diez gramos.
6 “Al hombre de un mes hasta cinco años lo valorarás en cincuenta y cinco gramos de plata. A la mujer la valorarás en treinta y tres gramos de plata.
7 “Al hombre de sesenta años para arriba lo valorarás en ciento sesenta y cinco gramos, y a la mujer en ciento diez gramos.
8 “Si la persona es más pobre que lo que permite tu valoración, comparecerá ante el sacerdote, y este la valorará; conforme a la posibilidad del que hace el voto la valorará el sacerdote.
9 “Si se trata de un animal que se puede presentar como sacrificio al SEÑOR, todo lo que de él se dé al SEÑOR será sagrado.
10 No será cambiado ni sustituido uno bueno por uno malo ni uno malo por uno bueno. Si se cambia un animal por otro, este y el sustituido serán sagrados.
11 Si se trata de algún animal inmundo, que no se puede presentar como sacrificio al SEÑOR, entonces el animal será puesto delante del sacerdote.
12 Este lo valorará según sea bueno o malo; según el sacerdote lo valore, así será.
13 Y si uno quiere rescatarlo, añadirá una quinta parte a tu valoración.
14 “Cuando alguien consagre su casa como cosa sagrada al SEÑOR, el sacerdote la valorará según sea buena o mala; según el sacerdote la valore, así quedará.
15 Pero si el que consagró su casa la quiere rescatar, añadirá a tu valoración una quinta parte de su valor; y será suya.
16 “Si alguien consagra al SEÑOR un campo de su posesión, lo valorarás según su capacidad de siembra: doscientos kilos de semilla de cebada se valorará en quinientos cincuenta gramos de plata.
17 Si consagra su campo en el año del jubileo, se hará conforme a tu valoración.
18 Pero si consagra su campo después del jubileo, el sacerdote hará el cálculo del dinero conforme a los años que falten para el año del jubileo, y se restará de tu valoración.
19 Si el que ha consagrado su campo quiere rescatarlo, añadirá a tu valoración una quinta parte de su valor, y él volverá a su poder.
20 Pero si no rescata el campo y este es vendido a otro, no lo podrá rescatar jamás.
21 Cuando pase el jubileo, el campo será consagrado al SEÑOR como campo confiscado; será para el sacerdote como posesión suya.
22 “Si alguien consagra al SEÑOR un campo que ha comprado y que no era campo de su posesión,
23 entonces el sacerdote calculará con él la suma de tu valoración hasta el año del jubileo. Aquel día él pagará el precio que tú hayas señalado como cosa consagrada al SEÑOR.
24 El año del jubileo ese campo volverá a aquel de quien él lo compró, a quien pertenece la posesión de la tierra.
25 Todo lo valorarás de acuerdo con la moneda del santuario. (Once gramos de plata).
26 “Nadie consagrará el primogénito de los animales, ya que por ser primogénito pertenece al SEÑOR. Sea ternero o cordero, es del SEÑOR.
27 Pero si es animal inmundo, lo rescatarán conforme a tu valoración y añadirán a su valor una quinta parte. Si no lo rescatan, se venderá conforme a tu valoración.
28 “No se venderá ni se rescatará ninguna cosa que alguien haya dedicado por completo al SEÑOR, de todo lo que posee, trátese de personas, de animales o de los campos de su posesión. Todo lo dedicado por completo será cosa muy sagrada al SEÑOR.
29 “Ninguna persona bajo anatema podrá ser rescatada. Morirá irremisiblemente.
30 “Todos los diezmos de la tierra, tanto de la semilla de la tierra como del fruto de los árboles, pertenecen al SEÑOR. Es cosa sagrada al SEÑOR.
31 Si alguno quiere rescatar algo de sus diezmos, añadirá una quinta parte a su valor.
32 Todo diezmo del ganado vacuno o del rebaño, de todo lo que pase bajo el cayado, el décimo será consagrado al SEÑOR.
33 No lo examinará si es bueno o malo ni lo sustituirá. Si lo sustituye, el animal y su sustituto serán sagrados; no podrán ser rescatados”.
34 Estos son los mandamientos que el SEÑOR ordenó a Moisés para los hijos de Israel, en el monte Sinaí.
ACERCA DE LOS VOTOS.
2-8. Cuando alguno hiciere especial voto, etc.—Personas en todos los tiempos y en todos los lugares han solido presentar ofrendas votivas, sea por gratitud por bendiciones recibidas, o en caso de liberación de males temidos. Y Moisés fué autorizado por Dios para prescribir las condiciones de este deber voluntario. a Jehová, según la estimación, etc.—mejor traducido así: “Según tu estimación, las personas serán para Jehová”. Las personas podían consagrarse a sí mismas o a sus hijos al servicio divino, en algún trabajo inferior o servil en el santuario (1 Samuel 3:1). En caso de algún cambio, las personas así dedicadas tenían en su poder el privilegio de redimirse; y este capítulo especifica el importe del dinero de redención, el cual tenía el sacerdote el poder de reducir prudentemente, según pudieran exigir las circunstancias. Los de edad madura, entre los veinte y sesenta años, como eran capaces del mejor servicio, tenían tarifas más altas; Jóvenes, desde cinco a veinte años, pagaban menos, por no ser tan útiles; los infantes, aunque podían ser dedicados por sus padres antes del nacimiento (1 Samuel 1:11), no podían ser presentados ni redimidos sino un mes más tarde; los ancianos eran valuados en menos que los jóvenes, pero en más que los niños; y los pobres, aunque en ningún caso eran librados del pago, para evitar la formulación precipitada de votos, eran tazados según su capacidad para pagar.
9-13. si fuere animal de que se ofrece ofrenda a Jehová—un animal limpio; una vez que había sido prometido por voto, no podía ser empleado en trabajos comunes ni permutado por uno equivalente; tenía que ser sacrificado; o si, por algún defecto que se descubriera, no era apto para el altar, podía ser vendido, y el dinero, dedicado al servicio sagrado. Si un animal impuro, como el asno o el camello, por ejemplo, había sido ofrecido por voto, tenía que ser destinado al uso del sacerdote el valor adjudicado o podía ser redimido por la persona que había hecho el voto por el pago de su valor más la quinta parte del precio como multa.
14-16. cuando alguno santificare su casa consagrándola a Jehová—En este caso, siendo tazada la casa por el sacerdote, y vendida, el producto de la venta había de dedicarse al santuario. Pero si el dueño quería, al cambiar de pensamiento, redimirla, él podía tenerla mediante el pago de la quinta parte añadida al precio.
16-24. si alguno santificare de la tierra de su posesión a Jehová, etc.—En caso de propiedad adquirida en terreno, si no era redimida, se devolvía al donador en el Jubileo; mientras que parte de un bien heredado, que se había ofrecido en voto, no se devolvía al dueño, sino que quedaba a perpetuidad como propiedad del santuario. El motivo de esta diferencia notable era el de poner a todo hombre bajo la obligación de redimir la propiedad, o de estimular a su pariente más cercano para que lo hiciera, para evitar que una herencia patrimonial quedara fuera de una familia en Israel.
26, 27. Empero el primogénito de los animales—Como éstos, en el caso de animales limpios, ya eran consagrados a Dios por una ley universal y permanente (Éxodo 13:12; Éxodo 34:19), no podían ser dedicados por voto; pero en caso de animales impuros, los primogénitos estaban sujetos a la regla ya mencionada (vv. 11, 12).
28, 29. ninguna cosa consagrada, que alguno hubiere santificado a Jehová … no se venderá ni se redimirá—Esto se refiere a los votos más solemnes, cuando el ofrecedor acompañaba su vuto con una solemne imprecación sobre sí mismo si no llevaba a cabo su propósito declarado. indefectiblemente ha de ser muerto—Este anuncio no quería decir que la persona tenía que ser sacrificada o condenada a una muerte violenta; sino solamente que tenía que quedar hasta su muerte, inalterablemente, en la condición de perjura. Este reglamento anterior estaba proyectado evidentemente para impedir la temeridad en hacer votos (Eclesiastés 5:4), y para estimular a la reflexión seria y considerada en todos los asuntos entre Dios y el alma. (Lucas 21:4).
30-33. todas las décimas de la tierra, así de la simiente de la tierra—Esta ley dió la sanción de la autoridad divina a una usanza antigua (Génesis 14:20; Génesis 28:22). Todo el producto de la tierra estaba sujeto al tributo de la décima parte; era un alquiler anual que los israelitas, como inquilinos, pagaban a Dios, el dueño de la tierra, y una ofrenda de agradecimiento, que le tributaban por la abundancia de su providencia (Véase Proverbios 3:9; 1 Corintios 9:11; Gálatas 6:6).
32. todo lo que pasa bajo la vara, etc.—Esto se refiere al modo de tomar la décima parte del ganado, que tenía que pasar uno por uno por un portón angosto, donde estaba una persona con una vara mojada en ocre, y contando los animales, marcaba cada décimo, fuera macho o hembra, fuera sano o enfermo.
34. Estos son los mandamientos, etc.—Las leyes contenidas en este libro, en gran parte ceremoniales, tenían un valor espiritual importante, el estudio del cual es altamente instructivo. (Romanos 10:4; Hebreos 4:2; Hebreos 12:18). Ellas imponían un yugo pesado (Hechos 15:10), pero, sin embargo, en la edad infantil de la iglesia formaban la disciplina necesaria de “un ayo que lleva a Cristo.”