Comentario Católico de George Haydock
Números 30:4
Niña de edad, no de 12; o, si es más, al menos no casada, ni fuera de la casa de su padre, ver. 17. Porque cualquiera de estas condiciones hacía que una niña fuera incapaz de obligarse a sí misma irrevocablemente. El padre, o todos los que la cuidaron, podrían rescindir su voto, siempre que lo hicieran tan pronto como tuvieran conocimiento, o el mismo día, ver. 15. Los niños menores de 13 años estaban sujetos a restricciones similares. (Grocio) --- Las esposas, y, en general, todos los que están sometidos, no pueden disponer de sí mismos sin el consentimiento de sus superiores, por falta de prudencia, etc.
, podría haber dañado de otra manera lo que pertenecía, en cierta medida, a otro. (Haydock) --- La ley, por tanto, somete su caso a la decisión de sus jueces inmediatos. (Calmet) --- Pero si la cosa, que una persona hizo, era ya de estricta obligación, como ayunar el día de la expiación, (Levítico xxiii.29,) nadie podría presumir de impedir que su esposa cumpla con este doble deber. (Worthington)