NOMBRAMIENTO DE CIUDADES LEVÍTICAS Y CIUDADES DE REFUGIO. Esta ley
debe ser complementaria y posterior a la ley en Números 18:8 , que no
contempla la asignación a los levitas de ciudades además de los
diezmos, y de hecho, definitivamente les niega cualquier posesión
territorial ( Números 18:20 ; _cf... [ Seguir leyendo ]
CONDICIONES QUE LIMITAN EL PRIVILEGIO DEL SANTUARIO. Antiguamente, la
santidad de un santuario se extendía a todos los que entraban en
contacto con él, de modo que se podía abusar del derecho de asilo;
pero por esta ley se negaría la protección en una ciudad de refugio
a aquellos homicidios que a ju... [ Seguir leyendo ]