Deuteronomio 25:1-3 . Contra el Castigo Excesivo por Golpes. Cuando después de un juicio ordinario una de las dos partes en un caso fuere declarada formalmente culpable, entonces, si mereciere una paliza, el juez la hará administrar en su presencia, los golpes se numerarán según la gravedad del delito, y en ningún caso pase de cuarenta, no sea que… tu hermano sea deshonrado delante de ti .

Deuteronomio 25:1 es la prótasis, la apódosis comienza con Deuteronomio 25:2 (o posiblemente no hasta Deuteronomio 25:3 ; cp.

la construcción similar en otros casos legales, Deuteronomio 22:13 ff., Deuteronomio 24:1 ff.). El texto de Deuteronomio 25:2 no es seguro; ver las diversas lecturas de la LXX.

Curiosa la D, y otra de sus muchas leyes, en que el discurso directo aparece sólo al cierre. La falta de un sujeto para juzgar, justificar y condenar en Deuteronomio 25:1 sugiere que al menos la primera parte es un extracto de alguna ley anterior sobre el procedimiento de los jueces. La protección contra los golpes excesivos es cuádruple.

Tendrá lugar (1) sólo después del juicio y la sentencia, (2) en presencia del juez, (3) los golpes serán por número, y el número en proporción al delito y (4) no excederá de cuarenta. La necesidad de insistir en un juicio completo se ve en Jer. 20:22; Jeremias 37:15 , cp. Hechos 16:22 f.

, Hechos 16:37 ; como muestran estos, era probable que se dieran palizas o azotes (incluso por los romanos) en el momento del arresto. El instrumento usualmente mencionado en el AT era una vara, y la parte golpeada era la espalda ( Éxodo 21:20 ; Proverbios 10:13 ; Proverbios 19:20 ; Proverbios 26:3 ; Isaías 50:6 ). No hay necesidad de inferir de la colocación del criminal en este caso que se quiere decir el bastinado.

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