ένετείλατο aor. Indiana. medicina (dep.) del comando εντέλλομαι ( G1781 ),
τοιαύτας ( G5108 ) tal,
λιθάζειν praes. Actuar. inf. de λιθάζω ( G3034 ) a piedra. inf.

en estilo indirecto. Un hombre podía ser apedreado por adulterio sólo con la condición de que persistiera en el pecado después de la advertencia anterior, y con la condición de que el hecho fuera corroborado por dos testigos competentes (LNT, 160ff).

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Antiguo Testamento