Tutores] RV 'guardianes'; el término regular para el tutor de un menor.

Gobernadores] RV 'mayordomos', que tienen la administración de su posible propiedad. Tiempo ( RV 'término') designado ] el momento de alcanzar la mayoría de edad. Ramsay señala que bajo la ley siria, que prevalecía en S. Galatia, un niño estaba sujeto a un 'tutor' hasta los 14 años, después de eso podía hacer un testamento y disponer de su propiedad; pero la administración de su patrimonio estuvo a cargo de un "gobernador" o curador hasta que cumplió los 25 años.

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