Entonces, si tenéis juicios, si tenéis, pues, controversias relacionadas con los asuntos de esta vida, ponlos a juzgar a los que no son de estima en la iglesia; ¿Es decir, los magistrados paganos? Algunos críticos dicen que la palabra δικαστηρια, emitidos juicios, como κριτηρια, significa tribunales judiciales, no causas; y traducirían el pasaje así: Nombra jueces seculares, si tienes en la iglesia esta clase de hombres despreciables, que están tan dispuestos a acudir a la ley, 1 Corintios 6:7 . Pero la primera interpretación parece preferible. SeeBp. En general, Camerarius, Knatchbull, Limborch y Elsner. Locke observa que entre los judíosConcessus triumviralis authenticus, un auténtico tribunal de justicia gobernado por tres jueces, que tenían autoridad y podían conocer y determinar las causas, de oficio, en virtud de su cargo; y existía también otro Concessus triumviralis, elegido por las partes.

Este último tribunal, aunque no auténtico, en el sentido antes mencionado, podía juzgar y determinar las causas que se le sometían; y los miembros de esta corte eran aquellos a quienes San Pablo llama aquí τους εξουθενημενους, judices non authenticos; es decir, "Árbitros elegidos por las partes". Que él no quiere decir con el original aquellos que son menos estimados, es evidente a partir de la próxima vers.

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