A partir de los treinta años: en el cap. Números 8:24 la edad de veinticinco años está establecida para la admisión de los levitas al servicio del tabernáculo; agradablemente a lo que la LXX. leer veinticinco años aquí, que reconcilia los pasajes. Algunos, sin embargo, suponen que, aunque a los levitas en general se les permitió servir en el tabernáculo y administrar a los sacerdotes a los veinticinco, no se les impuso la laboriosa labor de llevar el arca y otras cosas sagradas sobre sus manos. hombros, para los cuales se hace la selección en este lugar, (ver Números 4:15 .) hasta los treinta años de edad.

Por lo tanto, en la época de David, cuando se instaló el arca y, en consecuencia, la obra de los levitas era menos laboriosa, se les nombró para entrar en su cargo a los veinte años. Ver 1 Crónicas 23:27 y 2 Crónicas 31:17 .

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