XXII.

(1-4) El robo se trata aquí con gran brevedad, distinguiéndose sólo tres tipos: (1) allanamiento de morada; (2) robar sin conversión de la propiedad; (3) robar con conversión. El principio fundamental del castigo establecido es la imposición al infractor o! Doble ( Éxodo 22:4 ). Sin embargo, cuando ha habido conversión de la propiedad, la pena es mayor, la devolución de cuatro veces en el caso de una oveja, de cinco veces en el de un buey ( Éxodo 22:1 ).

De paso se decreta que el ladrón puede ser resistido por la fuerza ( Éxodo 22:2 ), y que matarlo será homicidio justificable; y además, se establece que un ladrón que no pueda hacer la restitución legal se convertirá en esclavo para pagar su deuda ( Éxodo 22:3 ).

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