Y si el hombre no tiene para redimirlo. - Sin embargo, en caso de que no tenga un pariente más cercano, o si su pariente más cercano es demasiado pobre para cumplir con este deber, que le incumbe, "y él mismo pueda redimirlo", es decir, después de que se vio obligado, por el estrés de la pobreza, a vender la propiedad que se había hecho próspera, para poder redimirla él mismo; aunque no expresado claramente, se da a entender que bajo estas circunstancias alteradas está obligado a rescatar su patrimonio él mismo. Sin embargo, de acuerdo con la ley canónica, no debe pedir dinero prestado para redimirlo.

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