Verso Romanos 2:11 . Porque no hay acepción de personas con Dios... El juez justo no actuará según ningún principio de parcialidad; sólo el carácter y la conducta de las personas pesarán ante él. No llevará a la gloria a ningún malvado, sea cual sea su nación o sus ventajas; y no enviará a la perdición a ningún justo, aunque se haya criado en el mismo seno del gentilismo. Y así como juzgará en aquel día según el carácter y la conducta, su juicio procederá sobre la base de las gracias, privilegios y bendiciones que hayan recibido, mejorado o abusado. Y como no hay acepción de personas con Dios en el juicio, tampoco puede haberla en la administración previa de sus bendiciones salvadoras. El que será condenado por su injusticia, será condenado sobre la base de que tuvo suficiente gracia para la salvación de su alma; y su condenación se basará en el simple principio de que abusó de la gracia que era suficiente para salvarlo, al actuar en oposición a sus dictados e influencia. Ningún hombre, en ese gran día, será llevado al cielo por alguna parcialidad del Juez; y ningún hombre será enviado al infierno porque Dios no le haya proporcionado suficiente gracia, o porque haya hecho un decreto que haga que incluso su uso sea ineficaz para su salvación. En referencia al gran designio de Dios, en la salvación del hombre, se dirá -en el tiempo, en el día del juicio y por toda la eternidad- que NO HAY RESPETO DE PERSONAS CON DIOS.

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