Comentario bíblico del expositor (Nicoll)
Levítico 25:8-12
EL JUBILEO
Y te contarás siete sábados de años, siete veces siete años; y te serán días de siete sábados de años, cuarenta y nueve años. el mes séptimo; en el día de la expiación enviaréis trompeta por toda vuestra tierra. Y santificaréis el año cincuenta, y proclamaréis libertad en toda la tierra a todos sus habitantes; será un jubileo para vosotros; y cada uno volverá a su posesión, y cada uno volverá a su familia.
Este año cincuenta os será de jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que en él brote, ni recogeréis en él las uvas de las viñas desnudas. Porque es un jubileo; santo será para vosotros; comeréis de sus frutos del campo ".
El resto de este capítulo, Levítico 25:8 , está ocupado con esta ordenanza del año jubilar; una observancia absolutamente sin paralelo en ninguna nación, y que tiene que ver con la solución de algunos de los problemas sociales más difíciles, no solo de esa época, sino también de la nuestra. Siete semanas de años, cada una terminando con el año sabático de descanso solemne de la tierra, debían contarse, i.
mi. , cuarenta y nueve años completos, de los cuales el último fue un año sabático, comenzando, como siempre, con la fiesta de la expiación en el décimo día del séptimo mes. Y luego, cuando, a su expiración, llegó de nuevo el día de la expiación, al comienzo del quincuagésimo año de este cómputo, al final, como parece, del solemne ritual expiatorio del día, en toda la tierra de Israel. la fuerte trompeta debía sonar, proclamando "libertad en toda la tierra a todos sus habitantes". La ordenanza se da en Levítico 25:8 arriba.
Parece que la libertad así proclamada era triple:
(1) libertad para el hombre que, a través de los reveses de la vida, fue desposeído de la herencia familiar en la tierra, de regresar a ella nuevamente;
(2) libertad para todo esclavo hebreo, para que en el jubileo volviera a ser un hombre libre;
(3) la libertad de liberarse del trabajo en el cultivo de la tierra, una característica, en este caso, aún más notable que en el año sabático, porque uno de esos años sabáticos acababa de terminar cuando el año jubilar inmediatamente sucedió.
Por qué este año debe llamarse jubileo (Hebreos yobel ) es una cuestión controvertida, sobre la cual los eruditos están lejos de ser unánimes; pero como no tiene importancia práctica, no es necesario entrar en la discusión aquí. Suponer que estas promulgaciones deberían haberse originado, como afirman los críticos radicales, en los días posteriores al exilio, cuando, en las condiciones sociales y políticas existentes, su observancia era imposible, es completamente absurdo.
No solo eso, sino que en vista de la negligencia admitida incluso del año sabático, una ordenanza ciertamente menos difícil de llevar a cabo en la práctica, durante cuatrocientos noventa años de historia de Israel, la suposición de que la ley del jubileo debería haber promulgado por primera vez en cualquier período posterior al mosaico es apenas menos increíble.