LA OFRENDA DE CULPA

Levítico 5:14 ; Levítico 6:7 ; Levítico 7:1

Como en la versión inglesa, así también en el hebreo, la clase especial de pecados por los cuales se prescribe la ofrenda por la culpa, se denota con una palabra distinta y específica. Esa palabra, al igual que el inglés "traspasar", su equivalente, siempre se refiere a una invasión de los derechos de los demás, especialmente con respecto a la propiedad o el servicio. Se usa, por ejemplo, del pecado de Acán ( Josué 7:1 ), quien se había apropiado del botín de Jericó, que Dios había ordenado apartar para Él.

Así, también, el descuido del servicio de Dios, y especialmente el culto a los ídolos, a menudo se describe con esta misma palabra, como en 2 Crónicas 28:22 ; 2 Crónicas 29:6 , y muchos otros lugares. La razón es evidente; porque la idolatría implicó una retención de Dios de esos diezmos y otras ofrendas que él reclamaba a Israel, y así se convirtió, por así decirlo, en una invasión de los derechos divinos de propiedad.

La misma palabra se aplica incluso al pecado de adulterio, Números 5:12 ; Números 5:27 aparentemente desde el mismo punto de vista, en cuanto que la mujer es considerada como perteneciente a su marido, quien por tanto tiene en ella ciertos derechos sagrados, de los cuales el adulterio es una invasión.

Por lo tanto, si bien toda "transgresión" es un pecado, sin embargo, todo pecado no es una "transgresión". Evidentemente, hay muchos pecados de los que este no es un rasgo característico. Pero los pecados por los que se prescribe la ofrenda por la culpa son en todos los casos pecados que, al menos, pueden ser considerados especialmente bajo este particular punto de vista, a saber, como transgresiones a los derechos de Dios o del hombre con respecto a la propiedad; y esto nos da el pensamiento fundamental que distingue la ofrenda por la culpa de todas las demás, a saber, que por cualquier invasión de los derechos de otro con respecto a la propiedad, no solo debe hacerse expiación, en cuanto es pecado, sino también satisfacción, y, en la medida de lo posible, reparación plenaria del agravio, en el sentido de que el pecado es también transgresión.

De esto es evidente que, en contraste con el holocausto, que simbolizaba de manera preeminente la plena consagración de la persona, y la ofrenda de paz, que simbolizaba la comunión con Dios, basada en la reconciliación por medio del sacrificio; la ofrenda por la culpa toma su lugar, en un sentido general, con la ofrenda por el pecado, como así, especialmente diseñada para efectuar la reinstalación de un ofensor en la relación de pacto con Dios.

Por lo tanto, al igual que las últimas, y a diferencia de las primeras, solo se prescribió con referencia a casos específicos de incumplimiento de alguna obligación particular hacia Dios o el hombre. Así también, como condición expresa de una ofrenda aceptable, se ordenó particularmente la confesión formal de tal pecado. Y, finalmente, a diferencia del holocausto, que se consumía totalmente sobre el altar, o la ofrenda de paz, de cuya carne, con ciertas reservas, participaba el adorador mismo, en el caso de la ofrenda por la culpa, como en la ofrenda por el pecado. , sólo las grasas se quemaban en el altar, y el resto de la víctima cayó en manos de los sacerdotes, para ser comidos por ellos solos en un lugar santo, como una cosa "santísima".

"La ley está dada en las siguientes palabras: Levítico 7:3 " Ofrecerá de ella toda su grosura; la cola gorda, y la grasa que cubre los intestinos, y los dos riñones, y la grasa que está sobre ellos, que está junto a los lomos, y el sebo sobre el hígado, con los riñones, se lo quitará; y el sacerdote los hará arder sobre el altar como ofrenda encendida a Jehová; es ofrenda por la culpa.

Todo varón de entre los sacerdotes la comerá; se comerá en lugar santo; es cosa santísima. Como es la ofrenda por el pecado, así es la ofrenda por la culpa; una sola ley tienen para ellos: el sacerdote que haga expiación con ella, la tendrá ".

Pero aunque, de una manera general, la ofrenda por la culpa evidentemente tenía la intención, como la ofrenda por el pecado, de significar la remoción del pecado de la conciencia a través del sacrificio, y por lo tanto puede considerarse como una variedad de la ofrenda por el pecado, sin embargo, el ritual presenta algunos sorprendentes variaciones de la de este último. Todo esto se explica a partir de esta consideración, que mientras que la ofrenda por el pecado representaba la idea de la expiación por sacrificio, considerada como una expiación de la culpa, la ofrenda por la culpa representaba la expiación bajo el aspecto de una satisfacción y reparación por el mal cometido.

De ahí que, debido a que aquí la idea de la expiación quedó algo en segundo plano, para dar mayor protagonismo a la de reparación y satisfacción, la aplicación de la sangre sólo se hace, como en el holocausto y en la ofrenda de paz, rociando ". en el altar (del holocausto) alrededor ". Levítico 7:1 Por lo tanto, nuevamente, encontramos que la ofrenda por la culpa siempre tuvo referencia al pecado del individuo y nunca al de la congregación; porque apenas era posible que cada individuo de toda la congregación fuera culpable en casos como aquellos para los que se prescribe la ofrenda por la culpa.

Nuevamente, tenemos otro contraste en la restricción impuesta a la elección de la víctima para el sacrificio. En la ofrenda por el pecado, como hemos visto, se dispuso que la ofrenda se variase de acuerdo con el rango teocrático del ofensor, para enfatizar así a la conciencia las gradaciones de la culpa, así determinadas; Además, se permitió que la ofrenda pudiera variar en valor de acuerdo con la habilidad del oferente, a fin de que así pudiera significar en símbolo que era la voluntad misericordiosa de Dios que nada en la condición personal del pecador debería excluir. cualquiera de la misericordiosa provisión del sacrificio expiatorio.

Pero no era menos importante que se destacara otro aspecto del asunto, a saber, que Dios no hace acepción de personas; y que, cualquiera que sea la condición del infractor, la obligación de satisfacción plenaria y reparación por la infracción cometida no puede ser modificada en modo alguno por las circunstancias del infractor. El hombre que, por ejemplo, ha defraudado a su vecino, ya sea por una pequeña suma o por una gran propiedad, permanece ante Dios como deudor, en todas las condiciones imaginables, hasta que se efectúa la restitución.

La obligación del pago completo recae sobre cada deudor, sea pobre o rico, hasta que se liquide el último centavo. Por lo tanto, la víctima del sacrificio de la ofrenda por la culpa es la misma, ya sea para el pobre o para el rico, "un carnero del rebaño".

Era "un carnero del rebaño", porque, en contraste con la oveja o el cordero, o la paloma y la paloma, era una ofrenda valiosa. Y, sin embargo, no es un becerro, la ofrenda más valiosa que conoce la ley, porque podría estar irremediablemente fuera del alcance de muchos pobres. La idea de valor debe estar representada, pero no tan representada como para excluir a una gran parte de la gente de las disposiciones de la ofrenda por la culpa. El carnero debe ser "sin defecto", para que nada pueda restar valor a su valor, como símbolo de plena satisfacción por el mal cometido.

Pero lo más distintivo de todas las requisiciones que afectan a la víctima es que, a diferencia de todas las demás víctimas para otras ofrendas, el carnero de la ofrenda por la culpa debe en cada caso ser evaluado definitivamente por el sacerdote. La frase es, Levítico 5:15 que debe ser "según tu estimación en plata en siclos, según el siclo del santuario.

"Esta expresión requiere evidentemente, en primer lugar, que no se tome la estimación del valor de la víctima por parte del oferente, sino la del sacerdote, como representante de Dios en esta transacción; y, en segundo lugar, que su valor en ningún caso caerá por debajo de un cierto estándar; porque la expresión plural, "por siclos", implica que el valor del carnero no será inferior a dos siclos. Y el siclo debe ser de peso completo; el estándar de valoración debe ser de Dios, y no del hombre, "el siclo del santuario".

Aún más para enfatizar el pensamiento distintivo de este sacrificio, que la plena satisfacción y reparación por todas las ofensas es para Dios la condición universal e inalterable del perdón, se ordenó además que en todos los casos en que la transgresión fue de tal carácter que lo hizo posible. , lo que había sido injustamente quitado o retenido, ya sea de Dios o del hombre, debería ser restaurado en su totalidad; " la quinta parte más, "un doble diezmo".

Así, no se permitió que la persona culpable obtuviera ni siquiera una ventaja temporal del uso durante un tiempo de lo que ahora restauraba; porque "la quinta parte más" presumiblemente superaría por completo toda ventaja o disfrute concebible que pudiera haber obtenido de su fraude. ¡Cuán admirable en todo esto la exacta justicia de Dios! ¡Cuán perfectamente adaptada fue la ofrenda por la culpa, en todos estos detalles, para educar la conciencia y para excluir cualquier posible inferencia errónea de la concesión que se hizo, por otras razones, para el pobre, en las ofrendas expiatorias por el pecado!

El arreglo de la ley de la ofrenda por la culpa es muy simple. Está dividido en dos secciones, la primera de las cuales Levítico 5:14 trata sobre los casos de transgresión "en las cosas santas del Señor", cosas que, por la ley o por un acto de consagración, se consideraban pertenecientes a un sentido especial para Jehová; la segunda sección, en cambio, Levítico 6:1 trata sobre casos de transgresión de los derechos de propiedad del hombre.

El primero de estos, nuevamente, consta de dos partes. Levítico 5:14 da la ley de la ofrenda por la culpa aplicada a los casos en los que un hombre, por inadvertencia o inconscientemente, transgrede las cosas santas del Señor, pero de tal manera que la naturaleza y extensión de la transgresión pueda después ser definitivamente conocido y valorado; Levítico 5:17 trata de casos en los que ha habido transgresiones que han cargado la conciencia, pero que, por cualquier motivo, no se pueden medir con precisión.

Por "cosas santas del Señor" se entienden las cosas que, ya sea por ordenanza universal o por consagración voluntaria, se consideraban pertenecientes a Jehová y, en un sentido especial, Su propiedad. Así, bajo este epígrafe vendría el caso del hombre que, por ejemplo, comiera sin saberlo la carne del primogénito de su ganado, o la carne de la ofrenda por el pecado, o el pan de la proposición; o debería usar su diezmo, o cualquier parte del mismo, para sí mismo.

Aunque hizo esto sin saberlo, sin embargo, perturbó la relación del hombre con Dios; y por lo tanto, cuando se conociera, para su reintegración en la comunión con Dios, era necesario que hiciera la restitución completa con una quinta parte agregada, y además sacrificara un carnero, debidamente tasado, como ofrenda por la culpa. En el sentido de que el sacrificio fue prescrito por encima de la restitución, se le recordó al adorador que, en vista de la infinita majestad y santidad de Dios, no está en el poder de ninguna criatura anular el mal a Dios, ni siquiera mediante la restitución más completa. . Porque la transgresión no es solo transgresión, sino también pecado; una ofensa no solo contra los derechos de Jehová como Dueño, sino también una afrenta a Él como Rey Supremo y Legislador.

Y, sin embargo, debido a que no se debe permitir que el adorador pierda de vista el hecho de que el pecado tiene la naturaleza de una deuda, se ordenó una víctima que debería recordar especialmente este aspecto del asunto. Porque no solo entre los hebreos, sino entre los árabes, los romanos y otros pueblos antiguos, las ovejas, y especialmente los carneros, se usaban muy comúnmente como medio de pago en caso de deuda, y especialmente para pagar tributos.

Así leemos, 2 Reyes 3:4 que Mesa, rey de Moab, rindió al rey de Israel "cien mil corderos y cien mil carneros con la lana" en pago de tributo; y, en un día posterior, Isaías Isaías 16:1 , RV entrega a Moab el mandato de Jehová: "Enviad los corderos para el príncipe de la tierra al monte de la hija de Sion".

Entonces, el carnero, traído y presentado por el culpable, con la confesión de su falta, era sacrificado por el sacerdote, como la ofrenda por el pecado. La sangre, sin embargo, no se aplicó a los cuernos del altar del holocausto, y mucho menos se llevó al Lugar Santo, como en el caso de la ofrenda por el pecado; pero Levítico 7:2 debía ser rociado "sobre el altar alrededor", como en el holocausto.

La razón de esta diferencia en la aplicación de la sangre, como se señaló anteriormente, radica en que, como en el holocausto, la idea del sacrificio como símbolo de la expiación ocupa un lugar secundario y subordinado a otro pensamiento; en este caso, la concepción del sacrificio como representación de la satisfacción por la transgresión.

La siguiente sección ( Levítico 5:17 ) no menciona expresamente los pecados de transgresión; por lo que algunos han pensado que se trataba esencialmente de una repetición de la ley de la ofrenda por el pecado. Pero que no debe considerarse así se desprende del hecho de que la víctima sigue siendo la misma que para la ofrenda por la culpa, y de la declaración explícita ( Levítico 5:19 ) de que esta "es una ofrenda por la culpa".

"La inferencia es natural de que la prescripción todavía se refiere a" transgredir las cosas santas del Señor "; y la clase de casos previstos probablemente esté indicada por la frase" aunque él no lo sabía ". En la primera sección, el la ley preveía casos en los que, aunque la infracción se había cometido sin saberlo, el infractor conocía posteriormente la infracción en su extensión exacta, a fin de dar una base exacta para la restitución ordenada en tales casos.

Pero es de suponer que podría haber casos en los que, aunque el delincuente sabía que había habido una infracción probable, como para agobiar su conciencia, sin embargo, no sabía exactamente cuánto era. La ordenanza sólo se modifica en la medida en que tal caso lo haga necesario; donde no existía un conocimiento exacto del monto de la infracción, obviamente no se podía aplicar la ley de restitución con el quinto agregado.

Sin embargo, no obstante, el hombre es culpable; él "lleva su iniquidad", es decir, está sujeto a la pena de su falta; y para el restablecimiento de su relación de pacto con Dios, el carnero debe ser ofrecido como ofrenda por la culpa.

Es sugerente observar el énfasis que se pone sobre la necesidad de la ofrenda por la culpa, incluso en tales casos. En tres ocasiones se hace referencia explícita a este hecho de ignorancia, como no afectando el requisito de la ofrenda por la culpa: ( Levítico 5:17 ) "Aunque no lo supiera, es culpable, y llevará su iniquidad"; y nuevamente ( Levítico 5:18 ), con especial claridad, "El sacerdote hará expiación por él en lo que erró sin saberlo y no lo supo"; y una vez más ( Levítico 5:19 ), "Es una ofrenda por la culpa: ciertamente es culpable ante el Señor.

"La repetición es un recordatorio urgente de que en este caso, como en todos los demás, nunca debemos olvidar que, sin embargo, nuestra ignorancia de una infracción en ese momento, o incluso la falta de conocimiento definitivo sobre su naturaleza y extensión, puede afectar el grado de nuestra culpa, no puede afectar el hecho de nuestra culpa, y la consiguiente necesidad de satisfacción para ser aceptados por Dios.

La segunda sección de la ley de la ofrenda por la culpa Levítico 6:1 trata de las ofensas contra el hombre, como también, como las ofensas contra Jehová, que requieren, para el perdón de Dios, la restitución completa con el quinto agregado, y la ofrenda de el carnero como ofrenda por la culpa. Se nombran cinco casos ( Levítico 6:2 ), sin duda como ejemplos comunes y típicos de pecados de este carácter.

El primer caso es la violación de los derechos de un vecino en "una cuestión de depósito"; donde un hombre ha confiado algo a otro para que lo guarde, y lo ha vendido o lo ha usado ilegalmente como si fuera suyo. El segundo caso considera todo fraude en un "trato", como cuando, por ejemplo, un hombre vende bienes, o un terreno, representándolos para ser mejores de lo que realmente son, o pide un precio más alto de lo que sabe que es un artículo. que realmente valga la pena.

La tercera instancia se llama "robo"; por el cual entendemos cualquier acto o proceso, aunque sea bajo el tinte de las formas legales, mediante el cual un hombre puede arreglárselas injustamente para apoderarse de la propiedad de su vecino, sin darle por tanto el equivalente debido. La cuarta instancia se llama "opresión" de su vecino. La palabra inglesa contiene la misma imagen que la palabra hebrea, que se utiliza, por ejemplo, para la retención innecesaria del salario del empleado por parte del empleador; Levítico 19:13 se puede aplicar a todos los casos en los que un hombre se aprovecha de las circunstancias de otro para extorsionarlo de cualquier cosa o servicio al que no tiene derecho, o para forzarlo en algo que perjudica al pobre. tomar.

El último ejemplo de delitos a los que se aplica la ley de la ofrenda por la culpa es el caso en el que un hombre encuentra algo y luego se lo niega al propietario legítimo. La referencia al juramento falso que sigue, como aparece en Levítico 6:5 , se refiere no sólo a la mentira y al perjurio en relación con este último caso, sino igualmente a todos los casos en los que un hombre puede mentir o jurar falsamente sobre el daño pecuniario de su vecino.

Se menciona no sólo como agravante de tal pecado, sino porque al jurar sobre cualquier asunto, un hombre apela a Dios como testigo de la verdad de sus palabras; de modo que al jurar en estos casos representa a Dios como parte de su falsedad e injusticia.

En todos estos casos, la prescripción es la misma que en las ofensas análogas en las cosas santas de Jehová. En primer lugar, el culpable debe confesar el mal que ha hecho, Números 5:7 luego se debe restituir todo lo que ha defraudado a su vecino, junto con una quinta parte adicional. Pero si bien esto puede arreglarlo con el hombre, todavía no lo ha arreglado con Dios.

Debe traer su ofrenda por la culpa a Jehová ( Levítico 6:6 ); "un carnero sin defecto de las ovejas, según la estimación del sacerdote, para ofrenda por la culpa al sacerdote; y el sacerdote hará expiación por él delante del Señor, y será perdonado; en todo lo que haga, ser culpable por ello ".

Y esto completa la ley de la ofrenda por la culpa. Por lo tanto, fue prescrito para los pecados que implican defraudar o dañar a otro con respecto a las cosas materiales, ya sea Dios o el hombre, ya sea consciente o inconscientemente. La ley era una e inalterable para todos; la condición del perdón era la restitución plenaria por el agravio cometido y la ofrenda de un sacrificio costoso, tasado como tal por el sacerdote, el representante terrenal de Dios, en el siclo del santuario, "un carnero sin defecto del rebaño". "

Hay lecciones de esta ordenanza, tan claras que, incluso en la tenue luz de aquellos días antiguos, los israelitas podrían discernirlas y comprenderlas. Y son lecciones que, porque el hombre y sus caminos son los mismos de entonces, y Dios el mismo de entonces, no son menos pertinentes para todos nosotros hoy.

Así nos enseña esta ley que Dios reclama al hombre, y especialmente a su propio pueblo, ciertos derechos de propiedad, de los cuales no permitirá que lo defrauden, ni siquiera por el olvido o la inadvertencia del hombre. En un día posterior, Israel recordó severamente esto en las ardientes palabras de Jehová por el profeta Malaquías: Malaquías 3:8 "¿Robará el hombre a Dios? Y tú me robarás a mí.

Pero decís: ¿En qué te hemos robado? En diezmos y ofrendas. Malditos sois con maldición, porque me robáis a mí, a toda esta nación. ”Dios tampoco ha relajado su reclamo en la presente dispensación. Porque el apóstol Pablo acusa a los cristianos de Corinto. 2 Corintios 8:7 en el nombre del Señor, en cuanto a sus dones, que así como abundaron en otras gracias, así también "abunden en esta gracia".

"Y esta es la primera lección que se nos presenta en la ley de la ofrenda por la culpa. Dios reclama Su diezmo, Su primicia y el cumplimiento de todos los votos. Fue una lección para ese tiempo; no es menos una lección para nuestros tiempo.

Y la ofrenda por la culpa nos recuerda además que así como Dios tiene derechos, así el hombre también tiene derechos, y que Jehová, como Rey y Juez de los hombres, exigirá la satisfacción de esos derechos, y no pasará por alto ningún daño hecho por el hombre a su prójimo en cosas materiales, ni perdonarlo a nadie, excepto con la condición de la más amplia restitución material a la parte agraviada.

Entonces, una vez más, si la ofrenda por el pecado exigía especialmente la fe en un sacrificio expiatorio como condición del perdón divino, la ofrenda por la culpa también llamaba específicamente al arrepentimiento, como una condición del perdón, no menos esencial. Su mensaje inequívoco para cada israelita fue el mismo que el de Juan el Bautista en un día posterior: Mateo 3:8 "Haced frutos dignos de arrepentimiento; y no penséis decir dentro de vosotros mismos: Tenemos a Abraham por padre".

El recordatorio es tan necesario ahora como en los días de Moisés. ¡Cuán específica y práctica la selección de los casos particulares mencionados como casos para la aplicación de la inexorable ley de la ofrenda por la culpa! Notémoslos nuevamente, porque no son casos peculiares de Israel o del siglo XV antes de Cristo. "Si alguno trata falsamente a su prójimo en cuestión de depósito"; como, e.

gramo. , en el caso de dineros confiados a un banco o compañía ferroviaria u otra corporación; porque no hay ningún indicio de que la ley no se aplicaba excepto a los individuos, o que un hombre podría ser liberado de estas estrictas obligaciones de justicia siempre que en algún negocio tan malo estuviera asociado con otros; la ofrenda por la culpa debe ser próxima, con la restitución más amplia, o no habrá perdón.

Entonces se nombra el falso trato en una "negociación", que implica el mismo requisito; como cuando un hombre se enorgullece de tener "un buen negocio", obteniendo algo injustamente por menos de su valor, aprovechándose de las dificultades de su vecino; o vendiendo algo por más de su valor, aprovechándose de la ignorancia de su vecino, o de su necesidad. Luego se menciona "robo"; por qué palabra se cubre no sólo la que lleva el nombre en los círculos de cortesía, sino todos los casos en los que un hombre se aprovecha de la angustia o impotencia de su vecino, quizás por medio de algún tecnicismo de la ley, para "desnudarlo", como el La palabra hebrea es de su propiedad de cualquier tipo.

Y a continuación se especifica el hombre que puede "haber oprimido a su prójimo", especialmente un hombre o una mujer que le sirve, como sugiere el uso de la palabra; moliendo así el rostro de los pobres; pagando, por ejemplo, menos por el trabajo de lo que exige la ley de justicia y amor, porque el pobre debe tener trabajo o pasar hambre con su casa. ¡Qué amplias especificaciones! Y a todos ellos, en todas las tierras y en todas las épocas, se les recuerda solemnemente en la ley de la ofrenda por la culpa que en estas sus prácticas agudas tienen que contar no sólo con el hombre, sino con Dios; y que es completamente vano que un hombre espere el perdón del pecado de Dios, con o sin ofrenda, siempre que tenga en el bolsillo el dinero de su prójimo.

Para todos ellos, la plena restauración con el quinto añadido, según la ley del reino teocrático, era la condición inalterable del perdón divino; y encontraremos que esta ley del reino teocrático también será la ley aplicada en las adjudicaciones del gran trono blanco.

Además, en que se ordenó particularmente que en la estimación del valor de la ofrenda por la culpa, no el siclo del pueblo, a menudo de peso ligero, sino el siclo de peso total del santuario debía ser considerado el estándar invariable; a nosotros, que somos tan aptos para aliviar las cosas de nuestra conciencia aplicando a nuestra conducta los principios de juicio vigentes entre los hombres, se nos enseña claramente que si queremos que nuestras ofensas sean perdonadas, la reparación y restitución que hagamos deben ser medidas, no por la norma de los hombres, sino por la de Dios, que es justicia absoluta.

Una vez más, en el caso de todas esas transgresiones a los derechos de Dios o del hombre, se dispuso que la ofrenda, a diferencia de otros sacrificios destinados a enseñar otras lecciones, debería ser la misma, ya sea que el ofensor sea rico o pobre; se nos enseña que el alcance de nuestras obligaciones morales o las condiciones de su cumplimiento equitativo no están determinadas por nuestra capacidad actual para hacerlas buenas.

La deuda es la deuda de quien la deba. Si un hombre se ha apropiado de cien libras del dinero de otro, la obligación moral de esa deuda no puede ser anulada por una ley en quiebra, permitiéndole comprometerse a diez chelines por libra. La ley del hombre puede ciertamente liberarlo de la responsabilidad de ser procesado, pero ninguna ley puede liberar a tal hombre de la obligación inalterable de pagar centavo por centavo, cuarto por cuarto.

No hay ley de quiebra en el reino de Dios. Esto también es evidentemente una lección que tanto los gentiles como los cristianos nominales del siglo diecinueve después de Cristo necesitan tanto como los hebreos del siglo quince antes de Cristo.

Pero la enseñanza espiritual de la ofrenda por la culpa aún no se ha agotado. Porque, como todas las demás ofrendas, apuntaba a Cristo. Él es "el fin de la ley para justicia", Romanos 10:4 en cuanto a la ofrenda por la culpa, como en todo lo demás. Así como el holocausto prefiguraba a Cristo, la Víctima celestial, en un aspecto, y la ofrenda de paz, a Cristo en otro aspecto, así la ofrenda por la culpa presenta a nuestra contemplación de adoración otra visión más de Su obra sacrificial.

Mientras que, como nuestro holocausto, se convirtió en nuestra justicia en plena auto-consagración; como nuestra ofrenda de paz, nuestra vida; como nuestra ofrenda por el pecado, la expiación por nuestros pecados; así, como nuestra ofrenda por la culpa, Él hizo satisfacción y reparación plenaria en nuestro favor al Dios sobre cuyos derechos inalienables en nosotros, por nuestros pecados habíamos transgredido sin medida.

Tampoco se trata de un refinamiento excesivo de la exposición. Porque en Isaías 53:10 , donde tanto la Versión Autorizada como la Revisada dicen, "hará de su alma una ofrenda por el pecado", el margen de esta última llama correctamente la atención sobre el hecho de que en hebreo la palabra que se usa aquí es la misma mismo que a través de toda esta ley levítica se traduce como "ofrenda por la culpa".

"Y así, este profeta evangélico nos dice expresamente que el Santo Siervo de Jehová, el Mesías sufriente, en esta Su obra sacrificial debe hacer de Su alma" una ofrenda por la culpa ". Él mismo se convirtió en la realización completa y exhaustiva de todo eso en sacrificio que se estableció en la ofrenda por la culpa levítica.

Esta es una declaración que presenta tanto el pecado por el cual Cristo expió, como el Sacrificio mismo, en una luz muy distinta y peculiar. Como el sacrificio de Cristo fue, por tanto, una ofrenda por la culpa en el sentido de la ley, se nos enseña que, en un aspecto, Dios considera nuestros pecados y, por lo tanto, debemos considerarlos como deudas que debemos a Dios. Este no es, en verdad, el único aspecto en el que se debe considerar el pecado; es, por ejemplo, rebelión, alta traición, una afrenta mortal a la Suprema Majestad, que debe ser expiada con la sangre de la ofrenda por el pecado.

Pero nuestros pecados también tienen la naturaleza de las deudas. Es decir, Dios tiene derechos sobre nosotros por un servicio que nunca hemos cumplido; reclama una porción de nuestra sustancia que a menudo hemos retenido, o dado a regañadientes, transgrediendo así "las cosas santas del Señor". Así como el siervo que está dispuesto a hacer el trabajo de su amo, si en cambio se toma ese tiempo para hacer su propio trabajo, es deudor del valor total del servicio del cual su amo es así defraudado, así está el caso entre los dos. pecador y Dios.

Al igual que con el agente que no devuelve a su principal el dinero que se le ha comprometido para invertir y no lo hace para sí mismo, así es el caso entre Dios y el pecador que ha utilizado sus talentos, no para el Señor, sino para él. por sí mismo, o los ha guardado, sin usar, en una servilleta. Así, en el Nuevo Testamento, como correlato de esta representación de Cristo como ofrenda por la culpa; encontramos el pecado una y otra vez presentado como una deuda que el hombre debe a Dios.

Entonces, en la oración del Señor se nos enseña a orar: "Perdónanos nuestras deudas; así, el Señor mismo dos veces en sus parábolas" Mateo 18:23 Lucas 7:41 establece la relación del pecador con Dios como el del deudor al acreedor; y con respecto a aquellos sobre quienes cayó la torre de Siloé, pregunta Lucas 13:4 "¿Pensáis que eran pecadores (en griego 'deudores') más que todos los que habitaban en Jerusalén?" De hecho, este pensamiento está tan incrustado en la conciencia del hombre que se ha cristalizado en nuestra palabra "debería", que no es más que el antiguo pretérito de "deber"; como en el Nuevo Testamento de Tyndale, donde leemos, Lucas 7:41 "había cierto prestamista, que le debía quinientos centavos.

"¡Qué asombrosa concepción es esta, que forma el trasfondo de la gran" ofrenda por la culpa "! ¡Hombre, un deudor a Dios! ¡Un deudor por el servicio cada día debido, pero nunca un día completo y perfectamente rendido! En gratitud por los regalos, con demasiada frecuencia ¡A menudo nos agobian y nos preocupan mucho nuestras deudas con los hombres, no nos preocuparemos por la enorme y siempre acumulada deuda con Dios! ¿O es un acreedor fácil, indiferente a estas ¿Cumplir o no nuestras deudas? Así que piensan multitudes, pero esta no es la representación de la Escritura, ni en el Antiguo ni en el Nuevo Testamento.

Porque en la ley se requería que si un hombre, culpable de cualquiera de estas ofensas para cuyo perdón se prescribió la ofrenda por la culpa, no confesara y presentara la ofrenda, y hiciera la restitución con el quinto agregado, como lo ordenó la ley, debe ser llevado ante los jueces, y debe imponerse la pena completa de la ley, sobre el principio de "¡ojo por ojo, diente por diente!" Y en el Nuevo Testamento, una de esas solemnes parábolas de los dos deudores concluye con las terribles palabras concernientes a uno de ellos que fue "entregado a los verdugos", que no saldría de la cárcel hasta que "hubiera pagado el último centavo".

"No hay ni un indicio en las Sagradas Escrituras del perdón de nuestras deudas con Dios, excepto con la condición de la restitución total hecha a Aquel a quien se debe la deuda, y con ella la sangre del sacrificio de una ofrenda por la culpa. Pero Cristo es nuestro Ofrenda por la culpa.

Él es nuestra ofrenda por la culpa, en el sentido de que Él mismo hizo eso, real y completamente, con respecto a todas nuestras deudas como hombres pecadores con Dios, que la ofrenda por la culpa de Levítico simbolizó, pero no logró. Su alma hizo una ofrenda por la culpa por nuestras ofensas. Las palabras de Isaías implican que Él debe restituir por completo todo aquello de lo que nosotros, como pecadores, defraudamos a Dios. Lo hizo mediante ese servicio perfecto e incomparable de humilde obediencia como el que deberíamos prestar, pero que nunca hemos prestado; en el cual Él ha dado plena satisfacción a Dios por todas nuestras innumerables deudas.

Ha obtenido tal satisfacción, no por una conveniente ficción legal, o en una figura retórica, o como juzgado por cualquier estándar humano. Así como el carnero de la ofrenda por la culpa fue tasado de acuerdo con "el siclo del santuario", así por nuestro Señor, al comienzo de esa vida de servicio sacrificial, se pasó solemnemente el veredicto divino de que con esta ofrenda antitípica de la víctima de la culpa Dios mismo estaba "complacido".

Mateo 3:17 No solo eso. Porque no podemos olvidar que de acuerdo con la ley, no solo debe hacerse la restitución completa, sino que debe agregarse la quinta. Así con nuestro Señor. Porque ¿quién no confesará que Cristo no solo hizo todo lo que deberíamos haber hecho, sino que, en la profundidad inefable de su humillación y obediencia hasta la muerte, la muerte de cruz, pagó con ello el quinto añadido de la ley?

Un rabino judío le dijo al escritor: "¡Nunca he podido terminar de leer en el Evangelio la historia de Jesús de Nazaret, porque es demasiado pronto para hacer que se me llenen los ojos de lágrimas!" ¡Tan conmovedor incluso para la incredulidad judía fue este espectáculo incomparable, el adorable Hijo de Dios haciéndose una ofrenda por la culpa y pagando, en la incomparable perfección de Su santa obediencia, el quinto añadido en nuestro favor! Así Cristo ha "magnificado esta ley" de la ofrenda por la culpa y "la ha hecho honorable", como hizo con toda la ley. Isaías 42:21

Y, como se insinúa, por la valoración formal del carnero sacrificial, en el tipo, incluso la muerte de Cristo como ofrenda por la culpa, en un aspecto debe considerarse como el acto de consumación del servicio en el pago de las deudas hacia Dios. Así como la ofrenda por el pecado representó Su muerte en su aspecto pasivo, como cumpliendo con las demandas de justicia contra el pecador como rebelde bajo sentencia de muerte, muriendo en su lugar, así, por otra parte, la ofrenda por la culpa representa ese mismo sacrificio. la muerte, más bien en otro aspecto, no menos claramente expresado en el Nuevo Testamento; es decir, el acto supremo de obediencia a la voluntad de Dios, por el cual Él cumplió "hasta el último cuarto", aun con el quinto agregado de la ley, toda la deuda trascendente de servicio que el hombre debía a Dios.

Esta representación de la obra de Cristo ha sido en todas las épocas una ofensa, "la ofensa de la cruz". Tanto más necesitamos insistir en ello, y nunca olvidar, o dejar que otros olviden, que Cristo está expresamente declarado en la Palabra de Dios como "una ofrenda por la culpa", en el sentido levítico de ese término; que, por lo tanto, hablar de Su muerte como efectuando nuestra salvación meramente a través de su influencia moral, es contradecir y anular la Palabra de Dios.

Bien podemos poner esta palabra en Isaías 53:10 , concerniente al Siervo de Jehová, contra toda la teología unitaria moderna, y contra toda enseñanza sociniana; todo lo que mantendría cualquier visión de la muerte de Cristo que excluya o ignore el hecho divinamente revelado de que fue en su naturaleza esencial una ofrenda por la culpa; y, debido a una ofrenda por la culpa, por lo tanto, de la naturaleza del pago de una deuda a favor de aquellos por quienes Él sufrió.

¡Bendita verdad esta, para todos los que puedan recibirla! ¡Cristo, el Hijo de Dios, nuestra ofrenda por la culpa! Como el pobre israelita, que había defraudado a Dios de lo que le correspondía, así debemos hacerlo nosotros; viniendo ante Dios, confesando aquello en lo que le hemos agraviado y produciendo frutos dignos de arrepentimiento, debemos traer y suplicar a Cristo en la gloria de Su persona, en toda la perfección de Su santa obediencia, como nuestra ofrenda por la culpa.

Y con eso, la antigua promesa al israelita arrepentido llega a ser nuestra, Levítico 6:7 "El sacerdote hará expiación por él delante de Jehová, y será perdonado; en cuanto a todo lo que haga, será culpable".

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