Éxodo 22:1-31
1 “Cuando alguien robe un buey o una oveja y lo degüelle o venda, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja, pagará cuatro ovejas.
2 Si un ladrón es hallado forzando una casa, y es herido y muere, no hay castigo.
3 Pero si sucede después de salido el sol, sí, hay castigo. Al ladrón le corresponde hacer restitución, y si no tiene con qué, será vendido por lo que ha robado.
4 Si lo robado es hallado vivo en su poder, sea buey, asno u oveja, pagará el doble.
5 “Cuando alguien deje pastar su ganado en un campo o una viña y permita que su ganado pase a otro campo, pagará con lo mejor de su propio campo y con lo mejor de su viña.
6 “Cuando un fuego se extienda y halle espinos, y sean destruidas las gavillas, la mies o un campo, el que prendió el fuego, sin falta pagará el daño del incendio.
7 “Cuando alguien dé a su prójimo plata u objetos para que los guarde, y estos sean robados de la casa del hombre; si es hallado el ladrón, este pagará el doble.
8 Pero si no es hallado el ladrón, entonces al señor de la casa se le hará comparecer ante los jueces para determinar si ha metido la mano en la propiedad de su prójimo.
9 “Sobre todo asunto de posesión ilegal, sea con respecto a buey, asno, oveja, vestido o cualquier propiedad perdida, si uno dice: ‘Esto es mío’, la causa de ambos será llevada ante los jueces. Y aquel a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su prójimo.
10 “Cuando alguien entregue a su prójimo un asno, un buey, una oveja o cualquier otro animal para que lo guarde, y se muera o se lastime, o sea robado sin que nadie lo vea,
11 tendrá lugar entre ambos un juramento ante el SEÑOR, de que no ha metido la mano en la propiedad de su prójimo. El dueño aceptará su testimonio, y el otro no hará restitución.
12 Pero si efectivamente le ha sido robado, él hará restitución a su dueño.
13 Y si el animal fue despedazado, él llevará al dueño evidencia del animal despedazado; y no hará restitución.
14 “Cuando alguien pida prestado un animal a su prójimo y sea lesionado o muerto en ausencia de su dueño, hará completa restitución.
15 Pero si el dueño estuvo presente, no la hará. Si el animal era alquilado, los daños están incluidos en el alquiler.
16 “Cuando alguien seduzca a una mujer virgen no desposada y se acueste con ella, deberá pagar el precio matrimonial por ella y la tomará por mujer.
17 Pero si el padre de ella rehúsa dársela, a pesar de ello él pagará en dinero el precio matrimonial.
18 “No dejarás que vivan las brujas.
19 “Cualquiera que tiene cópula con un animal morirá irremisiblemente.
20 “El que ofrece sacrificio a un dios que no sea el SEÑOR, será anatema.
21 “No maltratarás ni oprimirás al extranjero, porque también ustedes fueron extranjeros en la tierra de Egipto.
22 “No afligirás a ninguna viuda ni ningún huérfano.
23 Porque si llegas a afligirlo y él clama a mí, ciertamente oiré su clamor,
24 y mi furor se encenderá, y a ustedes mataré a espada; y sus mujeres quedarán viudas, y sus hijos huérfanos.
25 “Si das prestado dinero a algún pobre de mi pueblo que está contigo, no te portarás con él como usurero ni le impondrás intereses.
26 Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás a la puesta del sol.
27 Porque eso es su única cubierta; eso es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿Con qué más ha de dormir? Cuando él clame a mí, yo lo oiré; porque soy misericordioso.
28 “No maldecirás a los jueces ni hablarás mal del gobernante de tu pueblo.
29 “No demorarás en presentar las primicias de tu cosecha ni de tu lagar. “Me darás el primogénito de tus hijos.
30 Lo mismo harás con el de tus vacas y el de tus ovejas. Siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31 “Me serán hombres santos. No comerán la carne de un animal despedazado en el campo. A los perros se la echarán.
LEYES RELATIVAS A LA PROPIEDAD
(vs.1-15)
Si bien uno tenía derecho a controlar su propia propiedad, también es responsable de cómo la usa. Si uno cavara un pozo, incluso en su propiedad, y lo dejara descubierto, sería responsable de que un animal cayera en él. Si el animal moría, el dueño del pozo debía pagar el valor del animal y, por lo tanto, podía quedarse con la bestia muerta (v.34).
En el caso de que el buey de un hombre mata al que pertenece a otra persona, entonces la mitad del valor del buey vivo debe pertenecer a cada propietario, y también deben dividir el buey muerto. Por otro lado, si un propietario había sido advertido de que su buey era peligroso y no lo había retenido, entonces debería cambiar su buey vivo al otro propietario, por el buey muerto.
Este capítulo continúa el tema que comenzó en el capítulo 21:33. El versículo 1 es claro, aunque no se nos dice por qué el robo de un buey requeriría cinco bueyes a cambio, mientras que para una oveja solo se requerían cuatro ovejas.
Si un ladrón es sorprendido allanando y muere, esto no se consideraría asesinato si tuviera lugar en la oscuridad de la noche. Si a la luz del día, el que lo mató fue culpable de derramamiento de sangre (vs.2-3). Si alguien había robado un animal y lo tenía en su poder, debe devolver el doble, una pena mucho menor que el versículo 1. El versículo 5 muestra que el animal del propietario debía mantenerse en su propiedad o el propietario sufría las consecuencias. Si uno encendía un fuego y se extendía a la propiedad de otros, entonces el que había encendido el fuego era responsable de hacer la restauración completa.
Si a uno se le confían los bienes de su vecino y se los roban, no se le considerará responsable a menos que en la investigación se descubra que él mismo los ha robado. Los jueces decidirían esos asuntos. En todos estos casos, la parte culpable tendría que pagar el doble (vs.7-9).
Los versículos 10-13 muestran una diferencia en el caso de que un animal se deje al cuidado de un vecino. Si el animal moría, resultaba herido o se había alejado, debía haber "un juramento del Señor" entre el dueño y el cuidador de que el cuidador no había sido culpable de apropiación indebida. Pero si le robaban el animal, tendría que pagarle al dueño por el animal (v. 12). Sin embargo, si el animal fuera mutilado y asesinado por una bestia, el dueño cargaría con la pérdida.
Si algo fue prestado, luego murió o resultó dañado en manos del prestatario, el prestatario debe reembolsarlo al prestamista (v.15). Sin embargo, si el propietario estaba con el animal u otro artículo, el propietario debe asumir la pérdida de cualquier daño.
CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD
(contra 10-31)
Un hombre que seducía a una mujer que no estaba comprometida ni casada, se encargaba de casarse con ella. Si el padre de la niña rechaza esto, el culpable debe pagarle dinero al padre (v.17). Una bruja debe ser ejecutada, ya sea que se llame bruja negra o bruja blanca. La muerte era la pena también para quien se atrevía a abusar de sí mismo con una bestia, y lo mismo para quien sacrificaba a los ídolos (vs.18-20).
No se prescribió una pena precisa por maltratar u oprimir a un extraño o viuda de un niño huérfano, aunque esto estaba estrictamente prohibido (vs.21-24); pero Dios advierte que si los oprimidos clamaban a Él, Él mismo intervendría para matar al opresor por medio de un enemigo con una espada, dejando a sus esposas como viudas ya sus hijos huérfanos.
Si alguien prestaba dinero a otro israelita que era pobre, no se debían cobrar intereses (v.25). Si no se tratara de una cuestión de pobreza, la situación sería diferente, por supuesto, ya que uno puede pedir prestado dinero para promover una empresa comercial, aunque él mismo no lo necesite en absoluto.
Si un prestatario da su prenda como garantía, el prestamista no debe guardarla ni siquiera durante la noche. Mis justas demandas no deben de ninguna manera tener precedencia sobre la compasión apropiada (vs.26-27).
No se debía permitir que las palabras de falta de respeto hacia Dios salieran de los labios de uno, ni tales palabras contra los gobernantes (v.28). En contraste con tales palabras, no debía haber demora en ofrecer a Dios las primicias de sus productos, y también a sus primogénitos, así como al primogénito de sus bueyes y ovejas (vs.29-30). Los hijos, por supuesto, serían redimidos por el sacrificio de un cordero ( Éxodo 13:13 ).
Pero tal reconocimiento de los derechos de Dios es tan importante hoy como lo fue bajo la ley. El capítulo se cierra con la prohibición de comer carne de animales muertos por otros animales. Porque la matanza de un animal para comer debía estar bajo la santa mirada de Dios.