El levirato (lat. «lege vir», «hermano del marido»). La Ley de Moisés prescribía que la viuda del hermano muerto sin hijos tenía que ser tomada como esposa por el hermano sobreviviente. El primogénito de los hijos de esta nueva unión debía heredar los bienes y el nombre del fallecido (Dt. 25:5-6). El interesado se podía librar de esta obligación, pero en tal caso debía soportar una reprensión pública (Dt. 25:7-10); el deber de casarse podía entonces transmitirse a un pariente más alejado (cfr. Rt. 4:1-10). Con ello se buscaba mantener la integridad de la familia, e impedir la extinción de la raza y del nombre de un hombre muerto prematuramente o privado de descendencia.