Hay cuatro términos heb. que se traducen perdón:
(a) «kaphar», «cubrir» (Dt. 21:8; Sal. 78.38, Jer. 18.23). Este término se traduce también «expiación» (véase EXPIACIÓN).
(b) «Nasa», llevar, quitar (culpa). Fue usada por los hermanos de José cuando le pidieron que les perdonara (Gn. 50:17; Dios la usa al proclamar que Él es un Dios «que perdona la iniquidad la rebelión y el pecado»: Éx. 34:7; Nm. 14:18) y al describir la bienaventuranza del hombre, «cuya transgresión ha sido perdonada, cubierto su pecado» (Sal. 32:1).
(c) «Salach», «perdonar», se usa sólo del perdón que da Dios. Se emplea con referencia al perdón relacionado con los sacrificios: «obtendrán perdón (Lv. 4:20, 26), «será perdonado (Lv. 4:31, 35; 5:10, 13, 16, 18, etc.). Aparece en la oración de Salomón en la dedicación del Templo (1 R. 8:30, 34, 36, 39, 50). También en el Sal. 103; Jer. 31:34; 36:3; Dn. 9:19.
En el NT se usan varios términos:
(a) «aphesis», de «aphiêmi», «enviar de, liberar, remitir», que se traduce en varias ocasiones «remisión».
(b) «Aphiêmi» se traduce «perdonar» que además de «despedir», «entregar», «remitir», se traduce también por el verbo «perdonar».
(c) «Apoluõ», que además de significar «dejar», «despedir», etc., se traduce también «perdonar».
(d) «Pheidomai», «dejar», «escatimar», se traduce también como «ser indulgente» y «perdonar».
(e) «Charizomai» se traduce, en varias ocasiones, como «perdonar» (entregar, dar, conceder, dar gratuitamente). Todas estas palabras se aplican al perdón concedido por Dios, así como al dado por una persona a otra.
Hay varios aspectos del perdón que nos son presentados en las Escrituras:
(a) La mente y el pensamiento de Dios mismo hacia el pecador al que Él perdona. Sobre la base del sacrificio de Cristo, Dios no sólo deja de considerar culpables a aquellos que tienen fe en la sangre de Cristo, sino que además les concede Su favor. «Nunca más me acordaré de sus pecados y transgresiones» (He. 10:17). Así, todo sentido de imputación de pecado desaparece de la mente de Dios. «Dios también os perdonó a vosotros en Cristo» («echarisato», perdonado en gracia; Ef. 4:32). Igualmente en el AT: «Yo sanaré su rebelión, los amaré de pura gracia» (Os. 14:4).
(b) El culpable es liberado, perdonado. «Para que reciban, por la fe que es en mí, perdón de pecados» (Hch. 26:18). «Cuanto está lejos el oriente del occidente, hizo alejar de nosotros nuestras rebeliones» (Sal. 103:12). «Vuestros pecados os han sido perdonados por su nombre» (1 Jn. 2:12). Esto es cierto de todos los cristianos: que sus pecados les han sido perdonados. Hay otro concepto incluido en el perdón de los pecados, esto es, que al tener redención en Cristo, lo que introduce al creyente a un nuevo estado, se olvida todo el pasado de culpa, y es eliminado de él, de manera que no hay obstáculo alguno para el goce de aquello a lo que introduce la redención.
El principio general en cuanto al perdón aparece en 1 Jn. 1:9: «Si confesamos nuestros pecados, él es fiel y justo para perdonar nuestros pecados, y limpiarnos de toda maldad». Ello involucra honestidad de corazón, tanto si se trata de un pecador que acude por vez primera a Dios, o de uno que ya es hijo de Dios, y que ha contristado el corazón del Padre al pecar. Los dos aspectos anteriormente mencionados se dan también aquí. La fidelidad y justicia de Dios en perdonar, y nuestra purificación de toda injusticia. Dios es fiel a Su propio carácter de gracia revelado en Su Hijo, y justo por medio de la propiciación que Él ha hecho.
(c) Si un cristiano es «excomunicado» de la comunión de la iglesia, y se arrepiente, es perdonado y restaurado (2 Co. 2:7, 10). Esto, naturalmente, es distinto del acto de Dios en el perdón de los pecados, y puede recibir el nombre de perdón administrativo en la iglesia; y si la actuación en disciplina es conducida por el Espíritu, queda ratificada en el cielo (cfr. Jn. 20:22, 23). Esto es totalmente diferente de cualquier pretendida «absolución» que pueda ser pronunciada pretendiendo un poder para el perdón judicial o paternal de los pecados, lo cual es competencia exclusiva de Dios, bien acogiendo al pecador arrepentido, bien perdonando al hijo extraviado.
(d) Hay también el perdón «gubernamental» en relación con el gobierno de Dios aquí en la tierra en el tiempo, tanto por parte de Dios como entre los mismos creyentes, unos a otros (Is. 40:1, 2; Lc. 17:3; Stg. 5:15, 16; 1 Jn. 5:16). Somos llamados a perdonarnos unos a otros; si nos entregamos a un espíritu duro e implacable, no debemos esperar que nuestro Padre nos perdone en Sus tratos en gobierno (Mt. 6:14, 15).