• Éxodo 22:1

    “Cuando alguien robe un buey o una oveja y lo degüelle o venda, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja, pagará cuatro ovejas.

  • Éxodo 22:2

    Si un ladrón es hallado forzando una casa, y es herido y muere, no hay castigo.

  • Éxodo 22:3

    Pero si sucede después de salido el sol, sí, hay castigo. Al ladrón le corresponde hacer restitución, y si no tiene con qué, será vendido por lo que ha robado.

  • Éxodo 22:4

    Si lo robado es hallado vivo en su poder, sea buey, asno u oveja, pagará el doble.

  • Éxodo 22:5

    “Cuando alguien deje pastar su ganado en un campo o una viña y permita que su ganado pase a otro campo, pagará con lo mejor de su propio campo y con lo mejor de su viña.

  • Éxodo 22:6

    “Cuando un fuego se extienda y halle espinos, y sean destruidas las gavillas, la mies o un campo, el que prendió el fuego, sin falta pagará el daño del incendio.

  • Éxodo 22:7

    “Cuando alguien dé a su prójimo plata u objetos para que los guarde, y estos sean robados de la casa del hombre; si es hallado el ladrón, este pagará el doble.

  • Éxodo 22:8

    Pero si no es hallado el ladrón, entonces al señor de la casa se le hará comparecer ante los jueces para determinar si ha metido la mano en la propiedad de su prójimo.

  • Éxodo 22:9

    “Sobre todo asunto de posesión ilegal, sea con respecto a buey, asno, oveja, vestido o cualquier propiedad perdida, si uno dice: ‘Esto es mío’, la causa de ambos será llevada ante los jueces. Y aquel a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su prójimo.

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