Explicación, estudio y comentario bíblico de Levítico 25:23-34 verso por verso
“La tierra no se venderá a perpetuidad, pues la tierra es mía; porque ustedes son para mí como forasteros y advenedizos.
Por eso en toda la tierra de su posesión otorgarán el derecho de rescatar la tierra.
Si tu hermano se empobrece y vende algo de su posesión, vendrá su pariente más cercano y rescatará lo que su hermano haya vendido.
Si ese hombre no tiene quien se lo rescate, pero consigue lo suficiente para rescatarlo él mismo,
entonces contará los años desde su venta y pagará el resto al hombre a quien se lo vendió. Así volverá él a su posesión.
Pero si no consigue lo suficiente para rescatarla, la propiedad quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo. Entonces quedará libre en el jubileo, y volverá a su posesión.
“Cuando una persona venda una vivienda en una ciudad amurallada, tendrá derecho de rescatarla dentro del plazo de un año a partir de su venta. Su derecho de rescate dura un año.
Si no es rescatada en el plazo de un año completo, la vivienda en una ciudad amurallada pertenecerá perpetuamente al que la compró y a sus descendientes. No quedará libre en el jubileo.
Pero las casas de las aldeas no amuralladas serán consideradas como parcelas de tierra. Pueden ser rescatadas y serán liberadas en el jubileo.
“Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, estos siempre podrán rescatar las casas en las ciudades de su posesión.
Si una casa es vendida por un levita en una ciudad que pertenece a los levitas, y no es rescatada, será liberada en el jubileo; porque las casas de las ciudades de los levitas son posesión de ellos en medio de los hijos de Israel.
Pero los campos cercanos a sus ciudades no se venderán, porque son posesión perpetua suya.